
¿En cuál moneda se debe realizar la facturación electrónica?
La DIAN en el Concepto 100192467- 1963 de 2023, da claridad de cuál es la moneda en la que se debe realizar la facturación electrónica.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto 100192467- 1963 del 12 de junio de 2023, por medio del cual resolvió la siguiente inquietud en torno a la facturación electrónica:
De acuerdo con la normativa vigente en Colombia, ¿es posible facturar en otra divisa sin hacer la conversión a pesos colombianos?
El parágrafo 1 del artículo 1.1.3 del Decreto 1625 de 2016 indica que las operaciones que se realicen en una moneda distinta al dólar estadounidense (USD) deben convertirse a esta divisa haciendo uso del tipo de cambio vigente en el día de la operación. Una vez realizado lo anterior, se debe hacer la conversión a pesos colombianos (COP) aplicando la tasa de cambio representativa del mercado (TRM) correspondiente a la fecha.
De acuerdo con lo anterior, el artículo 73 de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020,
expresa que para efectos del idioma y moneda en el contenido de los sistemas de facturación de venta debe utilizarse el idioma español y el peso colombiano, sin perjuicio que además de expresar el respectivo valor en pesos colombianos pueda expresarse en otra moneda y en un idioma distinto al español.
Sobre este mismo asunto se han proferido los Oficios Nos. 901544 y el 903436 de 2020, que han explicado que la moneda que se debe utilizar para las operaciones en nuestro país es la moneda legal colombiana y, en esta medida, se debe hacer la conversión a pesos.
Validación previa en Facturación Electrónica
Ahora bien, acerca de la validación previa y el alcance de la misma, es necesario precisar que, de conformidad con el numeral 34 del artículo 1 de la mencionada Resolución No. 000042 de 2020, esta únicamente contiene: “la verificación de las reglas de validación de la factura electrónica de venta, las notas débito, notas crédito y documentos electrónicos derivados de la factura electrónica de venta, de los demás sistemas de facturación, cumpliendo con los requisitos, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos que para el efecto establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN”. (Sic).
Otros Pronunciamientos sobre facturación electrónica.
para su conocimiento se sugiere se observe el contenido de los siguientes
pronunciamientos dentro de los cuales se enmarcan el tema objeto de consulta:
- Oficio 903436 – int – 905 de 24 de julio de 2020.
- Oficio 904122 – int – 670 de 24 de mayo de 2022.
- Oficio 032474 de 7 de noviembre de 2018.
- Concepto 911428 – int – 106 de 19 de agosto de 2022.
Concepto 100192467- 1963 de 2023 – DIAN
Descargue el Concepto 100192467- 1963 de 2023 completo.
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