Requisitos para la reducción de sanciones por la Reforma Tributaria

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP fijo los requisitos y el procedimiento para la aplicación del parágrafo 1 del Artículo 93 de la Ley 2277 de 2022 que tiene que ver con las reducción de Sanciones por la Reforma Tributaria.

La UGPP publicó la Resolución 885 de 2023, por la cual se fijan los requisitos y el procedimiento para la aplicación del parágrafo 1 del artículo 93 de la Ley 2277 de 2022 el cual establece la reducción transitoria de las sanciones contempladas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 179 de la Ley 1607 de 2012.

Lo anterior, aplica a quienes se les haya notificado alguna de las siguientes actuaciones administrativas:

  • Requerimiento para declarar y/o corregir,
  • Pliegos de cargos,
  • Liquidación oficial,
  • Resolución sanción y
  • Fallo de recurso de reconsideración,
  • Así como a los procesos de cobro que se encuentren en curso o se inicien con posterioridad al 13 de diciembre de 2022.

Resolución 885 de 2023

Esta resolución tiene como Objetivo:

Fijar los requisitos y el procedimiento para la aplicación de la reducción transitoria de sanciones propuestas o determinadas por La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) de que trata el parágrafo 1 del Artículo 93 de la Ley 2277 de 2022.

Descargue: la Resolución 885 de 2023.

Por la cual se fijan los requisitos y el procedimiento para la aplicación del parágrafo 1° del artículo 93 de la Ley 2277 de 2022

Requisitos para la reducción de sanciones por la Reforma Tributaria:

Requisitos para acceder a la reducción transitoria de sanciones en actuaciones administrativas en curso.

Beneficio: 20% del monto propuesto o determinado con su respectiva actualización.
Este beneficio cubre a los aportantes que cumplas los siguientes requisitos:

  1. Haber sido notificados a la fecha de publicación de la Ley 2277 de 2022 del requerimiento para declarar o corregir su respectiva ampliación, pliegos de cargos, liquidación oficial, resolución sanción o fallo que resuelve el recurso de reconsideración.
  2. Presentar solicitud de acogimiento al beneficio a más tardar el 30 de junio de 2023 ante la Dirección de Parafiscales de la UGPP identificando el número de expediente.
  3. Acreditar la totalidad del pago del acto administrativo, es decir, el 100 % de los aportes al sistema de la protección social, incluidos los intereses de mora, y el 20 % de la sanción actualizada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Los aportantes a quienes se les hubiera propuesto o determinado omisión en la afiliación y/o vinculación al Sistema General de Seguridad Social en pensiones deberán acreditar el pago del cálculo actuarial actualizado.

Requisitos para acceder a la reducción transitoria de sanciones en procesos de cobro en curso o que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 2277 de 2022.

Beneficio: 20% del monto determinado con su respectiva actualización.
Este beneficio cubre a las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Presentar solicitud a más tardar el 30 de junio de 2023 ante la Dirección de Parafiscales de la UGPP identificando el número del proceso administrativo de cobro.
  2. Acreditar la totalidad del pago del acto administrativo, es decir, el 100 % de los aportes al sistema de la protección social, incluidos los intereses de mora, y el 20 % de la sanción actualizada a más tardar el 30 de junio de 2023.
  3. El pago de las obligaciones deberá realizarse a más tardar el 30 de junio de 2023 a través de la planilla tipo “O” cuando se trate del pago de los aportes e intereses de mora. Cuando se trate del pago del cálculo actuarial deberá ser realizado a las administradoras de pensiones a través del mecanismo que estas dispongan, y las sanciones reducidas deben ser pagadas en la cuenta del tesoro público mediante los mecanismos electrónicos dispuestos por la UGPP publicados en la página web de la entidad o a través del banco agrario.

Facilidad de pago para la reducción transitoria de sanciones

Quienes decidan suscribirse a la facilidad de pago de la sanción reducida, deberán radicar la solicitud hasta el quince (15) de mayo de 2023, cumpliendo los requisitos de la Resolución 1250 de 2022.

Si los requisitos no se encuentran cumplidos o es necesario realizar alguna aclaración o adición que complemente la solicitud, se tendrá un plazo adicional de quince (15) días hábiles adicionales.

Procedimiento para aplicar la reducción transitoria de sanciones

Quienes cumplan los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la resolución 885 de 2023, podrán acceder a la reducción transitoria de sanciones. Sin embargo debe tener en cuenta:

  • La UGPP verificará el pago de la totalidad del acto administrativo en los términos exigidos en la Ley.
  • La UGPP expedirá el acto administrativo que aprueba o niega la solicitud de reducción transitoria de las sanciones.
  • Contra dicha decisión procederá únicamente el recurso de reposición en los términos del artículo 74 y siguientes del Código Administrativo de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011.
  • Esta solicitud no suspende los procesos administrativos de determinación de obligaciones ni los sancionatorios.
  • Cuando se niegue la solicitud, los pagos ya realizados se abonarán al saldo de la obligación

ContarERP y la UGPP

En octubre de 2022, la UGPP otorgó el aval a la Nómina de ContarERP y su proceso de liquidación de Empleados y entrega de informes a dicha entidad.

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  • Seguridad y tranquilidad de tener la Nómina de ContarERP® la cual tiene sus procesos avalados ante los Entes de Control.
  • Cumplimiento de los tiempos establecidos para entregar la información requerida por la UGPP, evitando sanciones definidas en el articulo 179 de la Ley 1607 de 2012.
  • Contarán con ContarERP® que les facilitará atender las exigencias de los requerimientos de información realizados por la UGPP.

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